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Concordancia (II)

Casos especiales de concordancia. Al margen de la norma general de concordancia ya vista, según la cual el sustantivo y el adjetivo deben concordar en género y número, hay muchos casos en que esta norma no se cumple, o se cumple parcialmente o de manera especial.

En primer lugar, tenemos los casos en que de hecho no hay correspondencia entre el género del sustantivo y/o del adjetivo, y el sexo de la persona o animal a que se refieren. En este punto debo hacer un paréntesis para referirme a una confusión que se ha venido presentando en los últimos años con respecto a los conceptos de género y sexo.

Por una influencia negativa del Inglés, últimamente se ha venido usando indebidamente la palabra género para referirse al sexo: “una persona de género masculino”; “discriminación de género”; “violencia de género”, etc. En los tres ejemplos se sustituye indebidamente la palabra sexo, o su derivado sexual, por el vocablo género, en servil imitación del idioma inglés, en el que la palabra gendertiene los dos significados, género y sexo. En este idioma es, por tanto, plenamente válido usar gender con el significado que en el nuestro corresponde a sexo.

En Castellano género gramatical es una cosa, y sexo es otra. El género es una categoría gramatical, que sólo afecta a ciertas palabras en lo que atañe a su combinación dentro de la frase o de la oración. Aunque parezca extraño, desde el punto de vista lingüístico el género no tiene nada que ver con el sexo.

El sexo, por su parte, es un fenómeno natural, de carácter anatómico-fisiológico, y en consecuencia es un concepto de tipo biológico. Las personas, los animales y algunas plantas tienen sexo, pero no género. Los sustantivos y los adjetivos tienen género, pero no tienen sexo.

En nuestro idioma debe mantenerse, a todo trance, la diferencia entre género y sexo, no sólo ni tanto porque así lo recomienda la Real Academia, sino también porque es una diferenciación lógica, natural y necesaria. Sépase, por tanto, que en lengua castellana sustituir la palabra sexo por género es un solemne disparate, signo de ignorancia de nuestro propio idioma.Y no sería descabellado decir que, al menos en muchos casos, tal sustitución obedece a una soterrada sobrevivencia del viejo tabú frente al sexo y a todo lo que se relacione con él, como es esa misma palabra, que es preferible no nombrar.

Hecha la aclaratoria, y ojalá que tenga algún efecto, sigamos con los casos especiales de la concordancia.

El primer caso, según ya vimos, es cuando no hay correspondencia entre el género del sustantivo y/o del adjetivo, y el sexo de la persona o animal a que se refieren.

Es común en el empleo de ciertas formas de tratamiento, que son de género femenino, pero algunas veces se aplican a personas de sexo masculino: “Su Majestad amaneció indispuesto”; “Su Señoría está enfadado”; “Su Excelencia luce tranquilo”. Los sustantivos majestad, señoría y excelencia son de género femenino, pero en los ejemplos propuestos admiten sendos calificativos de género masculino, lo cual indica que se trata de personas de sexo masculino. Si en estos ejemplos se aplicase la regla de concordancia se daría a entender que se trata de mujeres, lo cual, si no fuese así, generaría una confusión.

Caracas, 15 de mayo de 2007.